Reglas para expedición de constancias de habilidades laborales

La Ley Federal del Trabajo establece como obligación a cargo de los patrones, la capacitación y adiestramiento de sus trabajadores. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la entidad encargada de vigilar el cumplimiento de las obligaciones patronales de las empresas hacia sus trabajadores.

Dado lo anterior, la dependencia en comento expidió un Acuerdo mediante el cual se modifica el artículo tercero y deroga el tercer párrafo del artículo quinto del “Acuerdo por el que se actualizan los criterios generales y los formatos correspondientes para la realización de trámites administrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores” publicado el 30 de diciembre de 2004.

Mediante el presente acuerdo se dejan sin efectos los formatos DC-3 “Constancia de habilidades Laborales” y DC-4 “Lista de Constancia de Habilidades Laborales”, siendo sustituidos por nuevos formatos oficiales y criterios generales de aplicación.

Qué es la constancia de habilidades laborales?
La constancia de habilidades laborales es el documento que acredita la capacitación que un trabajador recibe como resultado de la aprobación de los cursos que forman parte de los planes y programas de capacitación y adiestramiento de la empresa.

Se establecen las distintas formas de expedir la constancia de habilidades laborales:

a) La persona o entidad instructora, en el caso de instructores, instituciones, escuelas u organismos especializados externos, o

b) La empresa, cuando se trate de instructores internos.

Dicha constancia deberá entregase a los trabajadores dentro de los veinte días hábiles siguientes al término de cada curso de capacitación que se lleve a cabo en la empresa.

El procedimiento para la expedición de la constancia de habilidades es el siguiente:

I. Ingresar al sistema informático disponible en la dirección www.stps.gob.mx, y utilizar el formato electrónico, siguiendo las instrucciones que se indiquen para la emisión de constancias de habilidades laborales.

De seleccionar esta opción, las empresas tendrán la posibilidad de emitir las constancias de habilidades laborales de sus trabajadores a través del sistema informático, así como elaborar la lista de constancias de habilidades laborales, incluyendo únicamente los datos faltantes.

Los catálogos relativos a la ocupación específica del trabajador en la empresa y a las áreas temáticas del curso, podrán ser consultados de manera automática en el mismo sistema informático.

II. Utilizar el formato DC-3. En caso de seleccionar esta opción, se podrán consultar los catálogos que se encuentran en el reverso de dicho formato.

III. Elaborar una constancia por la propia empresa que deberá denominarse “Constancia de Habilidades Laborales” conteniendo al menos la información indicada en el formato DC-3, pudiéndose consultar en la dirección www.stps.gob.mx

CONTENIDO DE LA CONSTANCIA
TRABAJADOR   EMPRESA   PROGRAMA DE CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO
Apellido paterno, materno y nombre.   Nombre o razón social.   Nombre del curso.
         
Clave Única de Registro de Población.   RFC   Duración en horas.
         
Ocupación específica en la empresa (según catálogo).   Registro Patronal ante el IMSS.   Periodo de ejecución.
         
    Actividad o giro principal.   Área temática del curso (según catálogo)
         
        Agente capacitador (nombre del instructor, institución, escuela u organismo).

Nombre y firma de los representantes de los trabajadores y de la empresa y, en su caso, el del agente capacitador externo.
 

Lista de constancias de habilidades laborales, formato “DC-4”

Dentro de los sesenta días hábiles posteriores al término de cada etapa anual del plan y programas de capacitación y adiestramiento, las empresas deberán presentar la lista de constancias de habilidades laborales por los siguientes medios:

I. Vía electrónica, ingresando a la página de Internet de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la dirección www.stps.gob.mx y seguir las instrucciones que se indiquen en la liga referente a la presentación de las listas de constancias de habilidades laborales.

II. Personalmente, ante la Dirección General de Capacitación o en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas Federales del Trabajo, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Contenido de la lista de constancias de habilidades laborales:

  • Los datos generales de la empresa, y el número de folio del plan y programas de capacitación y adiestramiento presentado ante la Secretaría;
  • Los trabajadores que hayan sido capacitados;
  • Los cursos de capacitación recibidos por los trabajadores;
  • Las certificaciones en Normas Técnicas de Competencia Laboral que, en su caso, comprueben tener los trabajadores, opcionalmente; y
  • Los certificados, diplomas, títulos o grados del máximo nivel de estudios terminados con reconocimiento de validez oficial que los trabajadores proporcionen al patrón, cuando ocupen un puesto y categoría comprendido en el Catálogo Nacional de Ocupaciones o sean similares a los comprendidos en éste.

El Acuerdo en comento entró en vigor a partir del 16 de diciembre de 2009, día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Kim Quezada
Departamento Legal

32 Comentarios a “Reglas para expedición de constancias de habilidades laborales”

  1. jorge pineda  on Noviembre 29th, 2010

    Me parece excelente toda esta informacion, yo tengo una duda y quisiera consultarlo con ustedes. cuanto tiempo se debe acreditar como minimo de un curso de capacitacion, para poder otorgar una constancia de habilidade laborales? espero me puedan ayudar. de antemano muchas gracias. espero su respuesta.

    Reply

  2. Vladia Mucenic  on Noviembre 29th, 2010

    Estimado Jorge, la duración del curso depende de cada empresa capacitadora que emite la constancia, la disposición legal no lo establece.

    Reply

  3. jose luis  on Enero 11th, 2011

    cual es el periodo de vigencia de una constancia de habilidades laborales y donde lo puedo constatar de manera oficial

    Reply

  4. Paola Palencia  on Enero 11th, 2011

    Buenas tardes José Luis,

    En relación a su pregunta, le comento que en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se puede revisar la autenticidad de las constancias; en cuanto a la vigencia de dicha constacia, la Secretaría indica en cuanto a la conservación de la constancia de habilidades laborales expedida por la empresa es por el periodo de un año, a efecto de verificar si efectivamente los trabajadores están siendo capacitados y se les están entregando las constancias correspondientes.

    Reply

  5. Roxana Cruz  on Junio 8th, 2011

    Buen dia, es de mucha utilidad la informacion, y me gustaria saber si me pueden ayudar, mi pregunta es si las constancias de habilidades que tenemos que entregar a las trabajadores tienen que tener firma de recibido de cada uno de ellos. GRACIAS

    Reply

  6. Paola Palencia  on Junio 8th, 2011

    Hola Roxana,

    Muchas gracias por su comentario, y respecto a la consulta planteada, le cmento que en caso de que no exista un representante que firme la constancia por parte de los trabadores, es aconsejable que el propio trabajador la suscriba.

    Reply

  7. ethan james  on Junio 29th, 2011

    hola que pasa con las contratistas que dan servicios a empresas armadoras y la capacitacion la da personal interno.

    Reply

  8. Paola Palencia  on Julio 1st, 2011

    Muy buenos días Ethan James,

    En cuanto a la pregunta realizada, me permito comentar lo siguiente:

    La constancia de habilidades laborales es el documento a través del cual se acredita la capacitación que recibe un trabajador como resultado de la aprobación de los cursos que se le impartan dentro de la empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados, etc.

    Así mismo, le proporciono el “link” la página de internet de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en la cual puede encontrar información adicional respecto al presente tema: http://www.stps.gob.mx

    Saludos cordiales.

    Reply

  9. Guillermo  on Julio 31st, 2011

    Que tal buen día.

    Mi pregunta es la siguiente: Como puedo proporcionar una constancia de habilidades laborales si no tengo a ningun trabajador? Soy proveedor de servicios profesionales y mi empresa es de reciente creación.

    Gracias.

    Reply

  10. Paola Palencia  on Agosto 2nd, 2011

    Buenos días Guillermo,

    Le comento que la constancia de habilidades laborales, es el documento que acredita la capacitación que un trabajador recibe como resultado de la aprobación de los cursos que forman parte de los planes y programas de capacitación y adiestramiento de la empresa; por lo que debe ser entregada al trabajador.

    Reply

  11. Misael  on Agosto 20th, 2011

    Soy fundador de una institución acreditada como capacitador externo ante la STPS y todos los cursos que hemos realizado han sido bajo el formato DC-5, ahora bien, mi intención es convocar de manera abierta y publica a personas interesadas en cursar capacitaciones en conocimientos como criminalistica o balistica y poder extender las constancias de hábilidades laborales, la duda radica en que ¿si es posible hacerlo de esa forma y como capacitador externo o es necesario que se haga por conducto de la empresa en coordinación con las institución capacitadora externa a la que pertenezco?

    Reply

  12. Paola Palencia  on Agosto 22nd, 2011

    Buenos días Misael,

    Es importante conocer las condiciones y/o reglamento que exista entre su empresa y la institución capacitadora externa a la que pertenece, para verificar si no existe lineamiento que limite dicha capacitación.

    Saludos.

    Reply

  13. Gilberto Alvarez  on Agosto 29th, 2011

    Siendo Agente Capacitador Externo, ¿me es permitido capacitar a un grupo de personas que no forman parte de una empresa y entregar constancias o reconocimientos avalados por el registro?

    Reply

  14. Paola Palencia  on Septiembre 1st, 2011

    Buenos días Gilberto,

    Es necesario revisar las facultades que le otorga ser capacitador externo, para no extralimitar su funciones en su caso.

    Saludos.

    Reply

  15. Isabel Cedillo  on Septiembre 7th, 2011

    Buen día,

    Recientemente estoy tomando el área de capacitación y tengo algunas dudas, una de ellas es, en la empresa donde laboro, realizamos una capacitación mensual sobre temas de producción, calidad, seguridad, etc.; esta capacitación es impartida por personal interno, sólo uno de ellos cuenta con registro ante la STPS, los demás no, pero tienen su experiencia que avala dicha competencia, la duda es se expide de todos modos las constancias de laborales? o cómo aplica en este caso?, espero su respuesta, de antemano gracias.

    Reply

  16. Caty  on Septiembre 29th, 2011

    Es excelente la informaciòn pero tengo unas dudas:
    1. se supone que tenemos que hacer las dc3, pero en la empresa no se han hecho desde no se cuándo!!!que hago? no se ni qué programa esté dado de alta.
    2. requiero saber si debo llenar todos los formatos que no se han llenado desde hace mucho tiempo y también saber en qué se quedaron, pues supongo que lo deben tener registrado en algún lugar en la STPSy dónde puedo yo revisar el status.

    Reply

  17. Paola Palencia  on Octubre 3rd, 2011

    Estimadas Isabel y Caty, me permito comentar respecto a sus dudas de manera conjunta.

    El acuerdo que establece los lineamientos para la expedición de constancias laborales, establece diversos medios para la expedición de dichas constancias, entre los cuales se encuentra:

    - La empresa puede expedirlas cuando se trata de instructores internos.
    - Será autentificada por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento

    Las constancias de habilidades laborales, deberán entregarse a los trabajadores 20 días hables siguientes al término de cada curso de capacitación que se lleve en la empresa.

    Así mismo, las empresas deberán hacer del conocimiento de la Secretaría, para su registro y control, las listas de las constancias de habilidades laborales que contendrán la información de la capacitación otorgada a los trabajadores.

    La presentación de lo anterior, puede efectuarse de manera personal en la Dirección General de Capacitación o en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas Federales del Trabajo, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así mismo pueden proporcionarle información detallada respecto al presente tema, así como asesoría personalizada.

    Para visualizar el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de diciembre de 2009, a través del cual la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitió los criterios y formatos, para la elaboración de constancias de habilidades laborales que se expidan a los trabajadores, favor de presionar AQUÍ.

    Espero les sea de utilidad la información enviada.

    Saludos.

    Reply

  18. Cesar Villasana  on Diciembre 6th, 2011

    Buenas tardes.

    tengo una duda, somos una empresa moral registrado como agente capacitador externo en la STPS, y mi pregunta es la siguiente respecto al formato DC 3:

    1. ¿nosotros debemos emitir el formato dc 3 a la persona que fue capacitada que pertenece a otra empresa?
    2. en el llenado del formato dc 3, en la parte de las firmas, incluye el nombre del capacitador externo (nosotros) y otra dos firmas que corresponden a representantes de la comision mixta de capacitacion y adiestramiento, ¿esas dos firmas a quien corresponde?¿por parte de la empresa que fue capacitada o nosotros?.

    Gracias.

    Reply

  19. Paola Palencia  on Diciembre 6th, 2011

    Buenas tardes César,

    Respecto a las constancias de habilidades laborales, puede ser expedida por:

    - La persona o entidad instructora, en el caso de instructores, instituciones, escuelas u oganismos especializados externos, o

    - La empresa, cuando se trate de instructores internos.

    Ahora bien, la constancia deberá ser firmada de manera autógrafa por:

    a) El capacitador del curso.

    b) Uno de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

    c)Uno de los representantes de la empresa ante la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

    Puede ingresar al siguiente link en el cual se contiene ayuda para requisitar diversos formatos.

    Saludos.

    Reply

  20. maria gonzalez  on Diciembre 24th, 2011

    Buenos dias

    tengo una duda, voy a darme de alta ante STPS
    pero mi duda es?
    tengo que pagar ante la STPS por cada diploma o constancia que entregue yo como capacitador?

    Reply

  21. Paola Palencia  on Diciembre 30th, 2011

    Buenos días,

    Gracias por el seguimiento a nuestro blog.

    Dentro de las obligaciones la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, establece a los capacitadores externos, se encuentran las siguientes para la institutución o empresa capacitadora y los instructores independientes:
    - Proporcionar su número de registro otorgado por la STPS a la empresa al momento en que ésta contrate sus servicios.
    - Tener registrados ante la STPS el programa y los cursos que impartan a los trabajadores de las empresas.
    - Hacer entrega de la constancia de habilidades laborales únicamente a los trabajadores que hayan aprobado el curso de capacitación.
    - Expedir las constancias de habilidades laborales a los trabajadores, en un plazo no mayor a 20 días hábiles a partir de la fecha de término del curso.

    Saludos.

    Reply

  22. MARGARITA GUZMAN  on Enero 18th, 2012

    La informacion de esta pagina me ha sido de mucha utilidad, gracias por compartirla.
    Quisiera registrarme como agente capacitador ante la STPS, pero como sera mejor por medio de la empresa sonde trabajo o hacerlo independientemente..Saludos.

    Reply

  23. Esmeralda  on Enero 24th, 2012

    Hola, buenas tardes mi peregunta es la siguiente, soy licenciada en psicología industrial y por ello cuento con algunos conocicmientos aplicables al area de capacitaciòn lo que quisisera saber es que si imparto capacitación sobre un tema tengo que estar especializada en dicho tema ó tener experiencia en haberlo practicado anteriormente??

    Reply

  24. Dalia  on Enero 27th, 2012

    Buenos días Esmeralda:
    Disculpa tal vez no sea correcto que utilice este espacio para hacer está pregunta, pero me interesa estudiar una maestría en Psicología Industrial, pero no encuentro en que universidad, tú en dónde, en que ciudad estudiaste tu Licenciatura.
    Gracias, Saludos :)

    Reply

  25. Paola Palencia  on Enero 31st, 2012

    Buenas tardes Margarita y Esmeralda,

    Gracias por su participación en el Blog, les comparto la siguiente información, la cual creo que les será de utilidad para sus próximos proyectos:

    Los agentes capacitadores externos son las personas físicas y morales que apoyan a las empresas en el desarrollo de las acciones de capacitación para sus trabajadores. La calidad de los servicios proporcionados depende exclusivamente de los agentes y los programas o cursos de capacitación carecen de valor curricular o académico por parte de la Secretaría.

    Las instituciones, escuelas u organismos especializados de capacitacion deberán de realizar este trámite ante la Dirección General de Capacitación o la Delegación Federal del Trabajo que corresponda.

    Ahora bien, a continuación los requisitos necesarios para ser capacitador:

    INSTRUCTORES INDEPENDIENTES:
    - Solicitud de registro de agente capacitador externo.(Formato DC-5)

    - Original y copia de los documentos que acrediten los conocimientos técnicos en los temas de instrucción y como instructor, adquiridos empírica o académicamente.

    - Dos fotografías tamaño infantil.

    PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
    - Solicitud de registro de agente capacitador externo.(Formato DC-5)

    - Una declaración bajo protesta de decir verdad, de que ejercen actividades de capacitación con el apoyo de instructores contratados especificamente para ese fin.

    - Plantilla de los instructores que laboren en ella, con nombres y especialidades asentados en el formato DC-5.

    PERSONAS MORALES:

    - Solicitud de registro de agente capacitador externo.(Formato DC-5)

    - Plantilla de los instructores que laboren en ella, con nombres y especialidades asentados en el formato DC-5.

    Saludos y buena suerte.

    Reply

  26. Marisol  on Febrero 1st, 2012

    Yo sigo teniendo una duda en los siguientes apartados:
    Agente Capacitador (Externo o Interno segun corresponda).- se coloca el nombre del agente capacitador o de la Institucion capacitadora

    y en la firma del capacitador es la misma que coloque en el apartado anterior.

    Reply

  27. Paola Palencia  on Febrero 1st, 2012

    Buenas tardes Marisol,

    Te comento que en la página de internet de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, tienen un instructivo de llenado, el cual le puede ser de mucha utilidad para sus formatos.

    Saludos.

    Reply

  28. armando García  on Febrero 9th, 2012

    Hola muy buen día,mi pregunta es a partir de cuantas horas se debe considerar para expedir la constancia y otra pregunta los cursos de seguridad(bloqueo,trabajos en alturas,espacios confinados,etc) tienen un maximo y un minimo de tiempo (hrs. de duración )establecido?

    Reply

  29. Elisabeth Vargas  on Febrero 10th, 2012

    Buenas tarde!!!

    la empresa donde laboro es maquiladora y quisiera saber que debo poner en donde dice ocupacion especifica 1/ y en area tematica

    Reply

  30. Jaqueline  on Febrero 10th, 2012

    Buen día,

    Quiero registrar a mi empresa para tener constancias de habilidades.
    1. Debo llevar el formato DC-5 despúes el DC-1, DC-2, etc.

    o cuál es el proceso adecuado.
    Mil gracias.

    Reply

  31. Diego  on Marzo 1st, 2012

    buenas tardes
    una duda cuando un instructor externo imparte u n curso dentro de nuestra empresa y no esta registrado ante la STPS, en la DC-3 se debe poner su nombre?

    Reply

  32. Rossy  on Marzo 14th, 2012

    Buenas tardes alguien de ustedes esta utilizando la firma digital en las constancias de habilidades en lugar de la firma autografa?? se puede hacer esto en base a la STPS?

    Reply


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