Asamblea sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales
Los contribuyentes que se encuentren obligados a dictaminarse, tienen la obligación de dar a conocer en la Asamblea General de Socios o Accionistas un reporte en el cual se sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales a su cargo en el ejercicio fiscal a que corresponda el dictamen.
Esta obligación contemplada en el artículo 86-A del la Ley del Impuesto Sobre la Renta se encuentra vigente a partir del año 2006, y trae aparejada una sanción pecuniaria en caso de incumplimiento.
Para cuando no se ha cumplido con la obligación de presentar en la Asamblea el informe de cumplimiento de las obligaciones fiscales a los socios o accionistas, la Autoridad Fiscal se encuentra facultada para aplicar la multa correspondiente que puede ser desde los $8,410.00 Pesos hasta los $16,820.00 Pesos M.N. según lo dispone el Código Fiscal de la Federación en su numeral 84 fracción XIV.
Así mismo, es indispensable que el acta de asamblea en la cual se da a conocer a los socios o accionistas sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales y resultado del dictamen presentado por el auditor externo se encuentre plasmada en el libro de actas que a ese efecto lleve la Sociedad.
No hay que perder de vista, que antes de la celebración del acta de asamblea en comento, se debe contar con la aprobación de resultados del ejercicio social inmediato anterior, misma que debió llevarse a cabo antes del día 30 de abril del presente año e igualmente plasmada en libro social correspondiente.
Para cualquier sociedad es un logro que conlleva una gran satisfacción el tener su empresa “al día” corporativamente actualizada, lo que trae como consecuencia la prevención de riesgos corporativos, multas y un mayor y mejor control administrativo.
Por lo anteriormente expuesto, le hacemos la cordial invitación de que si aún no cuenta con su acta de asamblea de aprobación de dictamen fiscal, se ponga en contacto con Kim Quezada® quienes amablemente le podemos ofrecer los servicios y asesoría que usted necesita, evitando sanciones con multa por parte de la Autoridad Hacendaria.
Atentamente
Kim Quezada
Departamento Legal
3 Comentarios a “Asamblea sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales”
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Lidia León on Julio 30th, 2010
Muy valiosa información,es indispensable que una empresa se encuentre bien en todos los sentidos, el boletin esta relacionado con una pregunta que los auditores cuestionamos a nuestros clientes, pues en el cuestionario de SIPRED nos piden dicha respuesta.
Saludos.
Rafael Carrasco on Agosto 2nd, 2010
Dado que las Asambleas representan una inversión de tiempo e incluso de recursos financieros para las empresas, sobre todo aquellas cuyos socios no radican en la localidad, algunas tienen la costumbre de convocar a una sola, una vez liberado el Dictamen, para en el mismo evento aprobar los resultados del ejercicio, ya corregido y aumentado en materia fiscal por el mismo Dictamen. ¿Tienes algún comentario al respecto?
Gustavo Zavala on Agosto 3rd, 2010
La Asamblea de Socios es Ley Suprema por lo cual en mi opinión, considero que es válido hacerlo así como se comenta en una sola acta, mientras se haga y cumpla con las disposiciones fiscales correspondientes dado que las legales mercantiles son disposiciones imperfectas pues no traen aparejada sanción.