¿Qué hago? Me llegó invitación del IMSS
Recientemente el Seguro Social ha estado enviando oficios de invitación a autocorrección a los patrones con la finalidad de que éstos se apeguen al programa, revisando el pago de sus cuotas obrero patronales. La pregunta sería si se debe responder a esta invitación dentro de los seis días hábiles a partir de que se notificó el oficio, o en su caso que sucede si no se le da respuesta.
En virtud del anterior cuestionamiento, es recomendable que el patrón efectúe una auto evaluación de su situación fiscal de cara al cumplimiento en el pago de sus cuotas obrero patronales, es decir, si de antemano el patrón sabe que adeuda cuotas, quizás le resulte conveniente apegarse a los beneficios del programa de autocorrección..
En el caso de que no sea contestada por el patrón la primera invitación efectuada por el Seguro social, es muy probable que reciba una segunda, la cual pudiera contemplar la autocorrección de los dos ejercicios anteriores al más reciente mas el ejercicio en corriente o bien pudiera generarse una revisión directa de auditoría; sin embargo es solo una posibilidad, pues no existe o no puede considerarse inicio de facultades de auditoría, como resultado de la invitación girada. Para ello, se deben seguir los procedimientos que establece el Código Fiscal de la Federación, atinentes al ejercicio de facultades de comprobación.
Por otro lado en el supuesto de haber aceptado la invitación a la autocorrección, el procedimiento general sería el siguiente:
- Contestar la carta invitación mediante escrito libre, dentro del plazo de los 6 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de notificación.
- Llenar el formato de solicitud de corrección patronal (Formato Corp-01).
Anexar entre otra, la siguiente información:
- Copia simple de: Identificación del patrón (persona física) o representante legal
- Copia simple de escritura constitutiva incluyendo sus reformas (persona moral)
- Copia simple de poder notarial del representante legal.
- Copia simple de la Tarjeta de Identificación Patronal, y en su caso, del último aviso de cambio de domicilio.
Una vez recepcionada la solicitud de autocorrección el Instituto le asignará al patrón un auditor interno el cual estará revisando la información y el llenado de las cédulas; el patrón tiene 40 días hábiles para presentar la documentación que acredite su corrección, así como copia del comprobante de pago de las cuotas obrero patronales que en su caso se hayan generado.
Es importante agregar que el plazo para presentación de esta documentación comprende todos los ejercicios a autocorregirse.
Otra muy buena opción podría ser el dictaminarse. ya que de conformidad al artículo 159 del Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y fiscalización se puede tomar esta opción una vez se haya recibido la invitación del Instituto a la corrección.
En este caso deberán dictaminarse los últimos tres ejercicios, el plazo de fecha de entrega del dictamen será dentro de los nueve meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen.
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7 Comentarios a “¿Qué hago? Me llegó invitación del IMSS”
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Marta Velasco on Agosto 3rd, 2011
Ya nos paso, conteste ¡no gracias! y nos enviaron una revision.Pagamos diferencias por solo una persona para poder cerrar la revision. Un asimilado a sueldos que consideraron si era trabajador, defendible, pero salia mas barato pagar y ya.
Elías Quezada on Agosto 3rd, 2011
Esi es Marta, es MUY IMPORTANTE revisar el estado en que se encuentran los pagos y entender que esa invitación, por si sola, no es el inicio de facultades. En muchas ocasiones sale contra producente adherirse ya que resulta ser una pesadilla con todo lo que se pide. De la otra forma, si te hacen una visita domicilaria y tu sabes que te encuentras bien, no debieras tener problemas si la atiendes al pie de la letra. Tambien como dice el articulo, puedes optar por dictaminarte.
Saludos.
Pedro Rentería N. on Agosto 3rd, 2011
Excelente y oportuno artículo
SMOZ on Agosto 4th, 2011
Me imagino que es lo siguiente:
Cada año el numero de dias de vacaciones y por consiguiente la prima vacacional, y otras percepciones,por lo general aumentan…. por eso el instituto solicita la actualizacion del salario diario integrado.
Basta que hagas el calculo de integracion del salario, presentes las modificaciones correspondientes y acudas con copias de los acuses al departamento de afiliacion vigencia….
por lo regular el patron da de alta y al pasar de un año a otro no se ocupa de andar haciendo tales correcciones… eso es lo que el IMSS está solicitando…….
Bueno, comento esto en base a mi experiencia, son varios los patrones que les ha sido requerido esto, y la solucion es mucho mas sencilla que lo que se piensa….. dictamen?…. auditor?… Acercate a las oficinas a preguntar de que se trata, y despues toma decisiones….
Ah.!! en mi caso no hubo retroactividad…. hice los movimientos y listo!… tres o cinco pesos mas en el SDI, no aumentó mucho el pago de cuotas y quedó solucionado el problema rapidamente.
Emmanuel on Agosto 4th, 2011
Muy buen articulo, sólo agregar que en caso de optar por el dictamen cuando llega el oficio de invitación a la corrección, el periodo a dictaminar será por los ultimos dos ejercicios.
Y sólo en caso de que este notificada una orden de visita domiciliaria pero no iniciada la revisión, el periodo a dictaminar será por los ultimos tres ejercicios.
Oscar Cruz on Agosto 19th, 2011
Que tal buenos dias, referente a sus comentarios, a mi tambien me llego la carta invitacion, pero como somos empresa obligada a dictaminarse segun se no tendria caso proporcionarles la informacion la cual nos estan solicitando, ya que en el dictamen en su anexo 5 le haremos llegar dicha informacion, me podrian ayudar con algun escrito libre respondiendo dicha situacion si es que procedes? Se los agradeceria mucho.
Elías Quezada on Agosto 22nd, 2011
Estimado Oscar:
El escrito que debes proporcionar es sumamente sencillo. Remitelo directamente al funcionario/Oficina que te está emitiendo la invitacion e indicale que eres un contribuyente obligado a dictaminarse, de conformidad con el articulo 16 de la Ley del IMSS:
Te lo cito:
Art. 16: Los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en los términos que se señalen en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal.
Los patrones que no se encuentren en el supuesto del párrafo anterior podrán optar por dictaminar sus aportaciones al Instituto, por contador público autorizado, en términos del reglamento señalado.
Los patrones que presenten dictamen, no serán sujetos de visita domiciliaria por los ejercicios dictaminados a excepción de que:
I. El dictamen se haya presentado con abstención de opinión, con opinión negativa o con salvedades sobre aspectos que, a juicio del contador público, recaigan sobre elementos esenciales del dictamen, o
II. Derivado de la revisión interna del dictamen, se determinaren diferencias a su cargo y éstas no fueran aclaradas y, en su caso, pagadas.
= = =
Le puedes tambien hacer alusion a tus derechos conforme al articulo 173 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Mataria de Afiliacion, Clasificacion de Empresas, Recaudacion y fiscalilzacion.
Saludos.