De acuerdo a la Ley del Seguro Social en su Articulo 74 establece que “Las empresas tendrán la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, conforme al período y dentro del plazo que señale el reglamento, para determinar si permanecen en la misma prima, se disminuye o aumenta”
Para este ejercicio la fecha límite para presentar la determinación de la PRT fue el pasado 29 de Febrero de 2012. El procedimiento sugerido para cumplir con la obligación es el siguiente:
- Para el caso de patrones que tuvieron trabajadores a su cargo, y no cambió de actividad económica del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, sedeberá de calcular y la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.
- Si al calcularla se obtiene un resultado diferente a la del año anterior, setiene la obligación de presentarla.
- Si se encuentra en la prima mínima y los trabajadores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el año, No se tendrá la obligación de presentarlo de conformidad con el artículo 32 del Reglamento de la Ley del Seguros Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Si no se cumplió con tal obligación las siguientes preguntas con su respectiva respuesta serán de gran ayuda:
¿Qué ocurre si no la presente en tiempo?
Podrás ser requerido por la autoridad y acreedor a una Infracción de acuerdo al artículo 304-A, Fracción XV y 304-B, fracción III de la LSS que establece una multa equivalente al importe de veinte ($1,246.60) a doscientas diez ($13,089.30) veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal.
¿Qué debo hacer en este caso?
Presentar el aviso de la determinación de la PRT lo antes posible para dar cumplimiento espontaneo de la obligación, y evitar sanción por parte de la autoridad, ya que de conformidad con el articulo 304-C de la LSS se establece que no se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontanea las obligaciones patronales.
¿Dónde la presento?
- En la ventanilla de la Oficina Administrativa del IMSS que te corresponda.
- Por internet (IDSE)
Detalles de su presentación:
En caso de requerir mayor detalle para la presentación de la Prima de Riesgo de Trabajo, se recomienda ingresar al siguiente link
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